Visor de nómina SAT para trabajador y patrón
El SAT mantiene dos visores de nómina: uno para quien recibe CFDI de sueldos y otro para quien los emite. Elegir el perfil correcto evita interpretar información ajena a tu caso.
Qué visor debes elegir
- Trabajador: consulta ingresos, retenciones y CFDI de nómina reportados por uno o varios patrones desde 2017.
- Patrón: concilia comprobantes emitidos, trabajadores, retenciones y datos que alimentan declaraciones desde 2018.
Cómo consultar
- Abre el apartado oficial de Declaraciones y elige el visor de trabajador o de patrón.
- Autentícate con RFC y Contraseña o e.firma.
- Selecciona ejercicio y nivel de detalle.
- Descarga los archivos que necesites para revisar la información.
Qué puedes descargar
- En ambos perfiles: consultas y reportes PDF, información mensual y XML de los comprobantes considerados.
- En el visor del trabajador: archivo Excel con el detalle mensual.
- En el visor del patrón: reportes de control y archivos de incidencias cuando el sistema los genere.
Si encuentras diferencias
Compara los CFDI con tus recibos y solicita al patrón la corrección que corresponda. El visor muestra lo timbrado y no sustituye esa aclaración.
- Anota ejercicio, patrón, mes y UUID de los comprobantes que presentan diferencias. No compares un acumulado anual con un solo recibo.
- Revisa el corte de actualización que muestra el visor antes de concluir que falta una corrección reciente.
- Distingue importe bruto, retención y neto recibido. Un depósito bancario distinto del bruto no demuestra por sí solo un error en la nómina.
- Conserva los XML y el reporte usado para revisar el caso con el emisor; evita publicar recibos con datos personales.
Preguntas frecuentes
¿Desde qué año contiene información?
La ficha oficial indica información desde 2017 para trabajadores y desde 2018 para patrones.
¿Qué necesito para entrar?
RFC y Contraseña o e.firma.
¿El visor del trabajador y el del patrón son iguales?
No. El primero muestra CFDI recibidos e ingresos; el segundo ayuda a conciliar los comprobantes emitidos y las retenciones enteradas.