Buzón Tributario SAT: entrar y habilitarlo
El Buzón Tributario es el canal electrónico de comunicación entre el SAT y los contribuyentes. La obligación y sus excepciones dependen de las reglas vigentes.
Entrar a un Buzón que ya está habilitado
En sat.gob.mx abre Buzón Tributario e inicia sesión. No necesitas volver a habilitarlo si ya lo hiciste y tus medios de contacto siguen siendo los mismos.
Distingue el aviso que recibes por correo o celular del documento dentro de tu Buzón. Como medida de seguridad, entra desde el portal oficial para comprobar cualquier comunicación.
Cómo habilitar el Buzón Tributario
- Entra al Buzón desde el portal oficial del SAT.
- Inicia sesión con Contraseña o e.firma según tu tipo de contribuyente.
- Registra correo electrónico y número de teléfono móvil.
- Confirma el correo mediante el enlace recibido y el celular capturando el código SMS en Configuración. Completa ambos dentro de las 72 horas siguientes al registro.
Qué necesitas
- Personas físicas: Contraseña, e.firma o e.firma portable vigente.
- Personas morales: e.firma vigente.
- Al menos un correo electrónico y un número celular que puedas confirmar.
Obligación, excepciones y fechas
El minisitio oficial contiene las personas obligadas, los casos relevados y las prórrogas aplicables. Consulta esa sección antes de asumir que una excepción te corresponde.
Antes de pedir ayuda por un problema de acceso
- Distingue si falla la autenticación, falta confirmar un contacto o no encuentras una comunicación: son incidencias diferentes.
- Comprueba qué correo y teléfono registraste; no publiques capturas con esos datos ni con códigos de confirmación.
- Anota el mensaje exacto del error. No des por atendido un requerimiento solo porque pudiste iniciar sesión.
Preguntas frecuentes
¿Para qué sirve el Buzón Tributario?
Para recibir notificaciones y mensajes, presentar promociones o avisos y atender requerimientos del SAT.
¿Debo registrar correo y celular?
Sí. El SAT indica que deben registrarse y confirmarse ambos mecanismos de contacto.
¿Todos están obligados?
La regla general abarca a inscritos en el RFC, pero existen personas relevadas u opciones específicas. Revisa la regla vigente.