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Buzón Tributario SAT: entrar y habilitarlo

El Buzón Tributario es el canal electrónico de comunicación entre el SAT y los contribuyentes. La obligación y sus excepciones dependen de las reglas vigentes.

No ingreses datos personales aquí.PortalSAT.mx explica el proceso, pero el trámite se realiza únicamente en el canal oficial.
Canal oficialMinisitio oficial del Buzón TributarioComprueba el dominio antes de ingresar datos.
Abrir el Buzón Tributario oficial (abre una pestaña nueva)

Entrar a un Buzón que ya está habilitado

En sat.gob.mx abre Buzón Tributario e inicia sesión. No necesitas volver a habilitarlo si ya lo hiciste y tus medios de contacto siguen siendo los mismos.

Distingue el aviso que recibes por correo o celular del documento dentro de tu Buzón. Como medida de seguridad, entra desde el portal oficial para comprobar cualquier comunicación.

Cómo habilitar el Buzón Tributario

  1. Entra al Buzón desde el portal oficial del SAT.
  2. Inicia sesión con Contraseña o e.firma según tu tipo de contribuyente.
  3. Registra correo electrónico y número de teléfono móvil.
  4. Confirma el correo mediante el enlace recibido y el celular capturando el código SMS en Configuración. Completa ambos dentro de las 72 horas siguientes al registro.

Qué necesitas

  • Personas físicas: Contraseña, e.firma o e.firma portable vigente.
  • Personas morales: e.firma vigente.
  • Al menos un correo electrónico y un número celular que puedas confirmar.

Obligación, excepciones y fechas

El minisitio oficial contiene las personas obligadas, los casos relevados y las prórrogas aplicables. Consulta esa sección antes de asumir que una excepción te corresponde.

Antes de pedir ayuda por un problema de acceso

  • Distingue si falla la autenticación, falta confirmar un contacto o no encuentras una comunicación: son incidencias diferentes.
  • Comprueba qué correo y teléfono registraste; no publiques capturas con esos datos ni con códigos de confirmación.
  • Anota el mensaje exacto del error. No des por atendido un requerimiento solo porque pudiste iniciar sesión.

Preguntas frecuentes

¿Para qué sirve el Buzón Tributario?

Para recibir notificaciones y mensajes, presentar promociones o avisos y atender requerimientos del SAT.

¿Debo registrar correo y celular?

Sí. El SAT indica que deben registrarse y confirmarse ambos mecanismos de contacto.

¿Todos están obligados?

La regla general abarca a inscritos en el RFC, pero existen personas relevadas u opciones específicas. Revisa la regla vigente.